El Partido Unión Patriótica – UP, integrante de la coalición del Pacto Histórico, rechaza de manera enfática la decisión por parte de la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral de abrir investigación y formular cargos contra la campaña presidencial de Gustavo Petro y la coalición del Pacto Histórico. Esta decisión, además de vulnerar el derecho al juez natural y el fuero presidencial que le asiste a nuestro presidente, vulnera abiertamente el ordenamiento jurídico colombiano en cuanto a la investigación de las campañas presidenciales.

Por otro lado, el parágrafo del artículo 21 de la Ley 996 de 2005 que regula el régimen de vigilancia de campañas presidenciales señala explícitamente que La denuncia por violación de los topes de campaña deberá ser presentada dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de la elección presidencial.”  Así las cosas, si se considera que las quejas que dan lugar a la presente investigación son del 28 de febrero de 2022 con ocasión a la consulta interpartidista, acto de campaña diferente a la campaña presidencial, y del 2 de febrero de 2023 mediante queja anónima, se observa con suficiente claridad que el Consejo Nacional Electoral PERDIÓ LA COMPETENCIA para investigar dicha campaña con ocasión a que dichas quejas se presentaron con anterioridad a la campaña presidencial y con posterioridad a los 30 días de la elección presidencial.

Así las cosas, el Consejo Nacional Electoral pretende de manera errónea y contraria a la ley imputar como actos de campaña las actividades destinadas a la protección y vigilancia del voto popular a través de la actividad de testigos electorales en los escrutinios. Los actos de campaña están definidos por el artículo 3 de la Ley 996 de 2005 y el Consejo Nacional Electoral no tiene la facultad de extender los supuestos normativos que la ley señala como acto de campaña.

Estas acciones profundamente políticas tienen por objeto generar un escenario de incertidumbre jurídica sobre el proceso de elección del presidente y compromete seriamente la estabilidad de las instituciones. Esta decisión representa la materialización de las advertencias del presidente de la Republica sobre el golpe blando y la intención de buscar mediante diversas estrategias que no culmine su período constitucional.

En ejercicio de los derechos políticos que nos asisten llamamos al pueblo de Colombia a manifestarse en defensa del estado de derecho y la voluntad popular, llamamos a realizar seguimiento a esta EXTRALIMITACIÓN del órgano electoral y por nuestra parte, con la plena convicción de haber actuado conforme a derecho, haremos uso de todos los mecanismos judiciales nacionales e internacionales para que se nos garantice el principio de legalidad, al debido proceso y fundamentalmente de la protección del Estado Social de Derecho.

COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL.