Prensa_ El decreto número 0639 de 2025, emitido por el Presidente de la República de Colombia, convoca a una consulta popular nacional para el 7 de agosto de 2025. Esta consulta busca que los ciudadanos se pronuncien sobre 12 preguntas relacionadas con la recuperación de derechos laborales, incluyendo temas como la jornada laboral, salarios, seguridad social, formalización laboral y protección a grupos vulnerables.
El decreto fundamenta su acción en consideraciones constitucionales y legales, destacando la importancia de la democracia participativa y deliberativa. Argumenta que la consulta popular es un mecanismo para resolver conflictos entre poderes públicos, especialmente cuando el diálogo institucional se fractura, citando jurisprudencia y teorías como las de Habermas y Luhmann sobre legitimidad y procedimiento democrático.
El documento detalla que el Senado de la República emitió un concepto desfavorable para la consulta el 14 de mayo de 2025, pero señala que esta decisión estuvo viciada por irregularidades procedimentales, como la falta de lectura previa de la proposición, el cierre abrupto de la votación y la alteración de votos. Estas acciones, según el decreto, violaron principios constitucionales como el debido proceso, la transparencia y la razonabilidad.
Con base en el artículo 4 de la Constitución, que establece la supremacía constitucional, el decreto declara la inaplicación de la decisión del Senado por considerarla manifiestamente inconstitucional. Además, invoca el artículo 33 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, que permite al Presidente convocar la consulta cuando el Senado no emite un concepto válido dentro del plazo establecido.
El decreto incluye las 12 preguntas que se someterán a votación, abarcando temas laborales como la jornada de 8 horas, permisos médicos, contratación de personas con discapacidad, formalización de trabajadores informales y creación de un fondo pensional para campesinos. También establece disposiciones para la organización electoral, campañas públicas y pedagogía ciudadana.
Finalmente, el decreto ordena su remisión a la Corte Constitucional para el control correspondiente, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 241 de la Constitución. El documento fue firmado por el Presidente y todos sus ministros, y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
En resumen, el decreto busca garantizar la participación ciudadana en decisiones trascendentales para el país, superando obstáculos institucionales y asegurando el respeto a los principios democráticos y constitucionales.